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Adhesión provincial al Régimen de Fomento a la Generación Distribuida – Palabras de nuestro Vicepresidente

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El pasado 19 de diciembre la Legislatura provincial, a través de la Ley 10.604, aprobó la adhesión al Régimen Nacional de Fomento de la Generación Distribuida con Energías Renovables (Ley 27.424). El mismo permite a los usuarios -domiciliarios y empresas- generar energía eléctrica de origen renovable para su propio consumo, pudiendo inyectar sus excedentes a la red de distribución y de esta manera obtener beneficios económicos. La generación energética puede realizar a través de medios de generación alternativos y limpios como aerogeneradores, paneles solares u otras tecnologías ecoamigables o «verdes».

El Director General de Energías Renovables y Comunicaciones de la Provincia, Sergio Mansur, señaló que la normativa permitirá “sumar la participación del ciudadano en el cuidado medioambiental, desplazando combustibles fósiles que emiten gases de efecto invernadero por fuentes renovables”. Además estimó que los primeros usuarios estarían firmando contratos con las distribuidoras entre abril o mayo del próximo año, agregando que en ese lapso de tiempo el Gobierno Nacional deberá expedir resoluciones técnicas para implementar este esquema de generación distribuida. Por su parte, el Gobierno Provincial elaborará reglamentaciones y disposiciones complementarias que regirán en el territorio cordobés.

Oportunidad para las Pymes

A través de la adopción de este régimen, las Pequeñas y Medianas Empresas podrán mejorar sus estructuras de costos al tener la posibilidad de optar por opciones más baratas, sumado a que no se encontrarán dependiendo de los cortes de luz. Otra modalidad que se podrá adoptar es la venta del excedente energético entre un generador privado y otro consumidor, sin necesidad que intermedie el mercado eléctrico mayorista.

En diálogo con nuestro Vicepresidente Ing. Erardo Bozzano, nos cuenta que ve en esta decisión una gran oportunidad para las Pymes debido a que les brinda un marco de seguridad jurídica en los proyectos planificados en este área. Además, plantea que las empresas de CIIECCA tienen posibilidades de intervenir en este proyecto desde varios puntos de vista. En una primera instancia podrán representar a firmas internacionales que tienen este producto ya desarrollado y poder venderlos aquí, y promover tanto la venta como la instalación y el asesoramiento. Luego, avanzar un pasito más y ver qué parte de este equipamiento se puede ir sustituyendo por producción nacional.

Por otro lado, remarcó que esta ley define dos fondos específicos para la promoción. Un fondo es para financiar proyectos de generación distribuida en base a energías renovables de hasta 300 kw. Pero existe además otro fondo que también es tanto o más importante que este, que es para financiar proyectos de desarrollo de partes nacionales que puedan sustituir partes importadas de este equipamiento.

Entonces, por todos lados era beneficioso. Más que beneficioso, absolutamente necesario que nosotros adhiriéramos a la ley nacional.

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